El ministerio de trabajo desarrollo un nuevo sistema llamado Trabaja desde Casa gracias al Ministerio de Trabajo, denominado “TELETRABAJO” con la finalidad de brindarles mejores condiciones labores a determinados grupos de personas que por el giro o naturaleza del negocio podrían prestar servicios laborales en relación de dependencia mediante teletrabajo, entre los cuales tenemos:
-Personas con discapacidad.
-Personas con enfermedades catastróficas.
-Adultos mayores.
-Madres en periodo de lactancia.
-Mujeres embarazadas
-Personas que viajan más de 1 hora a su trabajo (DEPENDE DE LA EMPRESA EN QUE LABORA)
EXISTEN DOS MODALIDADES DE ESTE SISTEMA (TELETRABAJO)
Denominados permanente y parcial, el primero de esto consiste en el trabajo realizado fuera de las instalaciones, utilizando medios y recursos tecnológicos de información y comunicación, el trabajador solo asistirá a las instalaciones cuando su dirigente lo desee.
Y la modalidad parcial se refiere a el trabajo fuera de las instalaciones, pero sola hasta 24 horas semanales, el resto de tiempo se laborará en las instalaciones de la empresa. Este método lleva consigo varios beneficios para los trabajadores como para las empresas donde estos prestan sus servicios.
Para el teletrabajador:
*Mejora el ambiente de su vida personal.
*Aumenta la productividad y calidad del trabajo.
*Genera mayor responsabilidad.
*Mejora la flexibilidad laboral.
*Reduce el estrés y los costos.
*Facilita la conciliación entre la vida familiar y laboral.
*Trabajo con comodidad desde el hogar.
*Más tiempo para cuidar de su salud.
Para la empresa:
*Reduce el espacio físico.
*Disminución en gastos de transporte, alimentación y uniformes.
*Resultados positivos por logro de metas e indicadores de gestión.
*Ahorro de recursos económicos en la planta física.
*Disminución de permisos por calamidad doméstica.
*Personal más productivo
Para la sociedad:
*Disminución en la congestión del tránsito urbano.
*Reducción en la emisión de gases contaminantes.
*Optimización del tiempo de movilización.
*Aumenta oportunidades de trabajo para personas con discapacidad y grupos prioritarios.
*Crea un vínculo familiar.
¿CÓMO REALIZAR EL REGISTRO EN TELETRABAJO?
Las empresas privadas deberán observar las disposiciones contenidas en el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2016-00190 y las instituciones Públicas el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2017-0090 – A para acogerse al teletrabajo.
Los empleadores deberán registrar a las y los trabajadores que se hubieren acogido al teletrabajo en el Sistema Único de Trabajadores conforme a los acuerdos ministeriales Nro. MDT-2017-0135 y Nro. MDT-2017-0191.
A continuación, puede descargar el Manual de registro de teletrabajadores.
MANUAL DE REGISTRO DE TELETRABAJADORES
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FUENTE y CRÉDITOS
Esta publicación se ha basado en información obtenida de la siguiente página web:
Trabaja desde casa gracias al ministerio de trabajo
- https://forosplus.com/forums/topic/solicite-su-trabajo-en-casa-del-ministerio-de-trabajo-pasos-y-requisitos-2019/